- PRESIDENTE: Santiago M. Morales Santiago
- VICEPRESIDENTE: José Bismarck Poveda Guerrero.
- SECRETARIO: Pedro Martín Delgado.
- TESORERO: Carlos Culebras Cáceres.
- VOCAL: José Hernández Suárez.
- VOCAL: Agustín Ramón Figueira.
ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Presidente: D. Santiago M. Morales Santiago.
Competencias: Especificadas en el artículo 19 de los estatutos.
Vicepresidente: D. José Bismarck Poveda Guerrero.
Competencias: Especificadas en el artículo 20 de los estatutos.
Secretario: D. Pedro Martín Delgado.
Competencias: Especificadas en el artículo 21 de los estatutos.
Tesorero: D. Carlos Culebras Cáceres.
Competencias: Especificadas en el artículo 22 de los estatutos.
Vocal: D. José Hernández Suárez.
Vocal: D. Agustín Ramón Figueira.
Competencias: Especificadas en el artículo 23 de los estatutos.
Según indica en el artículo 18 de los estatutos: Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general, a todos los actos propios de las finalidades de la asociación, siempre que no requieran, conforme a los presentes Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General. En particular son facultades de la Junta Directiva:
a) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y ejecutar los acuerdos tomados en las Asambleas Generales.
b) Confeccionar las Memorias, cuentas, inventarios, balances y presupuestos de la Asociación.
c) Elaborar el borrador del Reglamento de Régimen Interior.
d) Acordar la celebración de actividades y dirigirlas.
e) Tener a disposición de los asociados el Libro de Registro de Asociados.
f) Tener a disposición de los asociados los libros de Actas y de Contabilidad; así como la documentación de la entidad.
g) Recaudar la cuota de los asociados y administrar los fondos sociales.
h) Instruir los expedientes relativos a la sanción y separación de los asociados y adoptar, de forma cautelar, la resolución que proceda de los mismos, hasta su resolución definitiva por la Asamblea General.
i) Acordar las Altas de los asociados, y someterlas a ratificación de la Asamblea General.
j) Someter a la Asamblea General cuantas propuestas estime conveniente.